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No, existe una regla especial para proteger a las personas en sus circunstancias. Si el Mercado determinó que usted era elegible para recibir créditos fiscales para las primas en el momento de inscribirse (porque su mejor estimación en ese momento era que su ingreso anual sería al menos el 100 % del nivel federal de pobreza), y si sus ingresos posteriormente cayeron por debajo del nivel de pobreza, todavía es elegible para los créditos fiscales que recibió el año pasado. No se le exigirá que reembolse el crédito fiscal para la prima cuando presente su declaración de impuestos. Para beneficiarse de esta regla especial, el crédito tributario por prima anticipada debe haber sido autorizado y pagado durante un mes o más durante el año.